2022: El Año de la protección al consumidor
El año 2022 depara el inicio de una mayor protección jurídica a todos los consumidores y usuarios cuando compren productos o consuman servicios. Por el contrario, se establecen más obligaciones en las empresas y empresarios y los aumenta su responsabilidad derivada de su actividad comercial o profesional.
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El año 2022 depara el inicio de una mayor protección jurídica a todos los consumidores y usuarios cuando compren productos o consuman servicios. Por el contrario, se establecen más obligaciones en las empresas y empresarios y los aumenta su responsabilidad derivada de su actividad comercial o profesional.
Aspectos importantes del cambio de legislación
En este sentido, a partir del 1 de enero de 2022 los consumidores disfrutarán de los siguientes cambios legislativos:
- La garantía legal de los bienes o productos comprados pasará de 2 a 3 años.
- Los fabricantes tendrán que tener piezas de repuesto para poder reparar el producto vendido durante los 10 años siguientes a partir de la fecha en que el producto se deje de fabricar. Antes del próximo 1 de enero los fabricantes tenían la obligación durante 5 años de tener piezas de repuesto del producto comprado. Este aspecto pretende habituar un consumo sostenible y que vele por el medio ambiente.
- Se amplía de 6 meses a 3 años el periodo en el que el consumidor tiene que manifestar la falta en conformidad con el producto comprado. En cambio, por contratos relativos a suministro de contenidos o servicios digitales, el periodo será de 2 años. Se importando destacar que quién tendrá que probar esta falta de conformidad no será el consumidor, sino que el empresario tendrá que demostrar que el producto o el servicio se apto. Para determinar si un producto o servicio se conforme, como novedad, la ley prevé unos requisitos objetivos y subjetivos.
- Se mantiene el plazo para manifestar la falta de conformidad que no podrá ser inferior en un año en compras de productos de segunda mano.
- Se aumenta de 3 a 5 años el plazo que tienen los consumidores para poder reclamar al vendedor o a la empresa que ha prestado el servicio contratado el cumplimiento de sus obligaciones fijadas en el contrato, desde la manifestación de la falta de conformidad del producto o de los servicios prestados.
Más control en la Ley de protección de Datos y las reseñas
A partir del 28 de mayo de 2022, las empresas que permitan publicar reseñas sobre sus productos y servicios en páginas web tendrán que facilitar información al consumidor sobre si estas reseñas han sido redactadas por consumidores. Concretamente, se tendrá que informar si han utilizado el servicio o comprado el producto que se vende en la página web.
Una vez ejercitada la dejación por parte del consumidor, la empresa tendrá que respetar y cumplir con aquello previsto en la Ley Orgánica de Protección de Datos y de Garantías Digitales. Esto significará que la empresa tendrá que abstenerse de usar datos personales proporcionados por el consumidor. Solo estará permitido usarlo por los servicios o contenidos digitales contratados, con algunas excepciones. Evidentemente, la ley prevé que desde la fecha de dejación la empresa podrá inhabilitar el acceso al contenido digital al consumidor.
Con estas novedades legislativas se traspone la Directiva Europea (UE) 2019/771 de 20 de mayo de 2019 relativa a diferentes aspectos de los contratos de compraventa de bienes. Todas estas novedades su de aplicación a las compras de productos (y prestaciones de servicios) hechos a partir del 1 de enero de 2022. (Y como ya hemos indicado, determinadas novedades legislativas entrarán en vigor a partir del 28 de mayo de 2022), no por compras anteriores. Si quieres más información al respeto asesórese con nosotros.