Solicitar Custodia Compartida en Granollers

Abogado para solicitar la custodia compartida con más de 20 años de experiencia

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¿Qué es la custodia compartida?

En Cataluña la custodia compartida, también llamada responsabilidad parental compartida, se regula en el artículo 233-8 del Código Civil de Cataluña. Este régimen es una forma de organización familiar en la que, tras una separación o divorcio, ambos progenitores siguen participando de manera activa y equilibrada en la crianza y el cuidado de sus hijos menores. En la práctica, esto significa que los niños pasan tiempos similares con cada uno de sus padres, manteniendo una relación cercana y estable con ambos.

Este modelo busca proteger el bienestar de los hijos, permitiendo que sigan compartiendo su día a día con su madre y su padre, siempre adaptándose a sus necesidades y circunstancias particulares. La custodia compartida puede establecerse de mutuo acuerdo entre los progenitores o por decisión judicial, cuando los progenitores no consiguen llegar a un acuerdo entre ellos, y no implica necesariamente una división matemática del tiempo, sino un reparto equilibrado y flexible que se ajuste a lo que resulte mejor para los menores.

¿Cómo te podemos ayudar?

Te asesoramos y gestionamos los siguientes trámites:

Solicitud inicial de custodia

Te asesoramos desde el principio, analizando tu situación familiar y explicando qué implica este régimen, sus ventajas y las condiciones que se deben cumplir. Si deseas compartir el cuidado y la responsabilidad con el otro progenitor, te acompañamos para que el proceso sea claro, buscando el mejor acuerdo posible para tus hijos y tu tranquilidad.

Plan de parentalidad y convenio regulador

Redactamos el Plan de Parentalidad familiar con precisión y claridad, adaptándolo a las circunstancias de vuestra familia, así como el Convenio Regulador que regirá para los cónyuges. Nos encargamos de reflejar todos los acuerdos alcanzados sobre la patria potestad, la custodia, el régimen de visitas, la pensión de alimentos y el uso de la vivienda familiar. Si buscas evitar futuros conflictos y garantizar la seguridad jurídica de tus hijos y la tuya, te acompañamos en todo el proceso para que el convenio sea justo, equilibrado y válido.

Modificación de medidas y cambios de guarda

Si tu situación personal y/o familiar ha cambiado y necesitas modificar las medidas acordadas en sentencia, como la guarda y custodia u otras medidas ya acordadas, te ayudamos a solicitar la modificación de las mismas. Analizamos tu caso y valoramos aspectos como mudanzas, cambios laborales o nuevas necesidades de los hijos. Te acompañamos en todo el proceso, buscando siempre el interés del menor y defendiendo tus derechos ante el juzgado con un enfoque claro y personalizado.

Mediación familiar y planes de visitas

La mediación familiar te ayuda a resolver desacuerdos sobre la crianza, la custodia o los planes de visitas sin llegar a juicio. Facilitamos el diálogo entre las partes para alcanzar acuerdos duraderos, pensando siempre en el bienestar de los hijos. Si necesitas definir o revisar un régimen de visitas, te orientamos y guiamos para encontrar soluciones equilibradas, evitando conflictos y preservando el vínculo familiar.

Quienes somos

Sastre, Marín & Juàrez Advocats

Salvador Sastre Vogel Kröll
Salvador Sastre Vogel Kröll
Melania Marín
Melania Marín Rodríguez
Josep Juàrez
Josep Juàrez Àlvarez

¿Por qué confiar en nosotros?

Casos de éxito de nuestros abogados en Granollers

Preguntas frecuentes

Abogados especialistas en solicitar la custodia compartida en Granollers

El coste de nuestros servicios varía según el tipo de caso y su complejidad. Nuestra consulta inicial tiene un precio de 90 euros, tras la cual elaboramos un presupuesto adaptado específicamente a tu situación familiar y a las soluciones que te planteamos. En nuestro despacho valoramos profundamente nuestro tiempo y experiencia, por lo que no ofrecemos consultas gratuitas. Sin embargo, si decides seguir adelante con nosotros después de esta primera visita, el importe de la consulta se descontará del presupuesto final. Si necesitas más información antes de concertar una cita, estaremos encantados de aclararte cualquier duda sin compromiso.

A la hora de decidir sobre la custodia compartida, el juez analiza siempre el interés superior de los hijos menores de edad. Para ello, valora aspectos como la relación previa de los menores con cada progenitor, la capacidad de ambos para cuidar y educar, la disponibilidad horaria, la cercanía de los domicilios, la edad de los niños, su opinión (según su madurez), y cualquier circunstancia especial que pueda influir en su bienestar. El objetivo es garantizar que los hijos crezcan en un entorno estable y equilibrado.

Actualmente existe un retraso importante en los Juzgados, pero dependiendo del procedimiento interpuesto, mutuo acuerdo o contencioso, el tiempo de resolución es muy distinto. En el procedimiento de mutuo acuerdo, desde la presentación de la demanda, el Juzgado puede tardar entre dos y cuatro meses en dictar la resolución. En el procedimiento contencioso, dependiendo en el Juzgado que haya tocado por reparto, estan tardando entre 9 y 18 meses en dictar las resoluciones.

Inicialmente cuando existe una custodia compartida, sea establecida de mutuo acuerdo o sea contenciosa, no acostumbra a establecerse prestación de alimentos alguna, por entender que cada progenitor asume la mitad del tiempo y gastos ordinarios. Es posible que se establezca una prestación de alimentos en los supuestos de una gran diferencia de ingresos entre los progenitores, que puede ser acordada de mutuo acuerdo de los progenitores o por el juez en un procedimiento contencioso.

En el caso de mutuo acuerdo de los progenitores, son los propios progenitores que establecen cómo se organizan para el cuidado de sus hijos. Existen diversas fórmulas, que si no son contrarias a la ley ni suponen un perjuicio a los hijos, se pueden acordar, independientemente por los progenitores (mutuo acuerdo) o por el juez (contencioso). Actualmente la fórmula más habitular es la custodia por semanas alternas, estableciendo una o dos tardes intersemanales para el progenitor no custodio. Otra fórmula habitual, es establecer 2 – 2- 3, es decir dos días con un progenitor, los dos siguientes con el otro progenitor y los fines de semana alternos.

La custodia compartida puede ser denegada cuando el juez considera que no es lo mejor para los hijos. Esto ocurre, por ejemplo, si existe conflicto grave entre los progenitores, situaciones de violencia doméstica, falta de comunicación, desinterés de una de las partes, o si las condiciones personales, laborales o de vivienda de alguno de los padres no permiten garantizar el bienestar de los menores. También se tiene en cuenta la opinión de los hijos, según su edad y madurez.

Para solicitar la custodia compartida en Granollers, necesitarás:

  • DNI
  • Libro de familia
  • Certificados de nacimiento de los hijos
  • Certificados de empadronamientos

¿Quieres solicitar la custodia compartida en Granollers?

Si necesitas solicitar la custodia compartida, somos tu solución.